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Quejas, sugerencias y felicitaciones

Buzón de quejas, sugerencias y felicitaciones

Las quejas y sugerencias tienen por objeto recoger las manifestaciones de insatisfacción del colectivo mutualista con los servicios prestados por MUFACE y las posibles iniciativas para su mejora, ya que se conciben como una oportunidad de buenas prácticas para la Mutualidad, siempre dentro del marco normativo de los programas de calidad de la Administración General del Estado, previstos en el Real Decreto 951/2005 de 29 de julio.

Se excluyen expresamente de la consideración de quejas y sugerencias 3 ámbitos de relación y comunicación entre los usuarios y las Unidades de MUFACE:

  • Reclamaciones de asistencia sanitaria contra una actuación de la entidad médica concertada a la que el usuario esté adscrito. Deben ser valoradas en las correspondientes Comisiones Mixtas MUFACE- Entidad Médica.
  • Recursos interpuestos contra resoluciones administrativas dictadas por las Unidades de MUFACE en el ejercicio de sus competencias.
  • Cualquier consulta de información sobre asistencia sanitaria, prestaciones o aspectos de funcionamiento y organización de MUFACE. La Oficina de Información a Mutualistas atiende cualquier consulta general desde el Formulario web de Atención a Mutualistas, y las consultas sobre prestaciones específicas deben dirigirse al Servicio Provincial correspondiente, cuyos datos de contacto puede encontrar en la sección Nuestras Oficinas.

Las felicitaciones, sugerencias  y agradecimientos sirven a la organización para conocer la percepción del colectivo mutualista y valorar en su caso la introducción de mejoras en su funcionamiento.

 

Presentación

Hay dos formas de presentar el formulario, que se indican a continuación.

  • 1. Formulario para la presentación presencial o por correo postal, también en lenguas  cooficiales.

Puede presentarlo en cualquiera de nuestras oficinas de atención al público así como en el Registro General de los Servicios Centrales, Paseo de Juan XXIII, nº 26, 28040, Madrid. 

FORMULARIO DE QUEJA SUGERENCIA O FELICITACIÓN DE MUFACE(Abre en nueva ventana)

La queja, sugerencia o felicitación debe ir firmada por quien la presenta e indicar de forma clara su carácter de queja, sugerencia o felicitación, nombre, apellidos y número de documento de identidad, así como la dirección en la que desea recibir las comunicaciones de MUFACE. Los mutualistas pueden identificarse con su número de afiliación.

En ningún caso se admiten quejas presentadas por correo electrónico o formularios en papel sin firma, ya que no acreditan la identidad de la persona remitente.

  • 2. Formulario electrónico para la presentación en la sede electrónica:

Para presentar su queja, sugerencia o felicitación, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 951/2005 y la Orden PRE/1838/2014, de 8 de octubre, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros, de 19 de septiembre de 2014, por el que se aprueba Cl@ve, la plataforma común del Sector Público Administrativo Estatal para la identificación, autenticación y firma electrónica mediante el uso de claves concertadas, debe utilizar Cl@ve o certificado electrónico admitido.

BUZÓN ELECTRÓNICO EN SEDE ELECTRÓNICA DE MUFACE

 

Contestación

Las personas que han formulado alguna iniciativa de las previstas en este apartado recibirán respuesta, a través del medio que indiquen en la formulación de sus quejas o sugerencias, por parte de la Unidad Responsable de la misma, por razón del servicio o materia objeto, en el plazo de 20 días hábiles desde su recepción por ésta. El transcurso de dicho plazo podrá suspenderse en el caso de que deba requerirse al interesado para que, en un plazo de 10 días hábiles, formule las aclaraciones necesarias para la correcta tramitación de la queja o sugerencia.

En todo caso, si transcurrido un plazo superior al mes desde su presentación no se hubiera obtenido respuesta alguna, la persona interesada podrá dirigirse a la Inspección General de Servicios de MUFACE, Paseo de Juan XXIII, nº 26, 28040, Madrid, teléfono 91 273 9694, a fin de conocer los motivos que han originado la falta de contestación y para que dicha Inspección proponga, en su caso, a los órganos competentes, la adopción de las medidas oportunas.

Las felicitaciones no están sometidas a plazo de contestación. Ahora bien, siempre se dará respuesta a las mismas y, en todo caso, se agradecerá su presentación.

 

Observaciones

Las quejas formuladas no tendrán en ningún caso la calificación de recurso administrativo ni su interposición paralizará los plazos establecidos en la normativa vigente.

La presentación de una queja no condiciona, en modo alguno, el ejercicio de las restantes acciones o derechos que, de conformidad con la normativa reguladora de cada procedimiento, puedan ejercitar los que figuren en él como interesados.